Señor director,
El miércoles 3 de julio, Rafael Pastor escribe sobre la propiedad de los datos personales. En particular, advierte las limitaciones de la operación de los mercados en relación a las asimetrías de información de consumidores y se refiere a los sesgos conductuales que las personas pueden tener al momento de decidir sobre su información personal.
Es valioso aportar argumentos económicos para favorecer una regulación protectora de nuestros datos personales. Sin embargo, llama la atención que el debate se encuentre tan desviado en algo que ya fue zanjado con la reforma a la Constitución en el año 2018.
En efecto, al momento de constitucionalizar el derecho fundamental a la protección de datos personales, se descartó una indicación que, precisamente, buscaba consagrar un derecho de propiedad sobre los mismos. La reforma constitucional optó por un derecho de autodeterminación informativa en el que las personas tenemos una relación de titularidad –y no de dominio– sobre nuestros datos.
Seguir insistiendo en la propietarización simplemente desvirtúa el real desafío de actualizar nuestra legislación para garantizar el ejercicio de un derecho fundamental.