Imagine lo siguiente: tenemos una elección donde no hay segunda vuelta y gana la primera mayoría relativa –es decir, el que saca más votos–. Tenemos cuatro candidatos y uno gana con 3.500 votos. El segundo lugar consigue 3.200, el tercero 2.600 y el último candidato sólo 360. El ganador es proclamado electo para todos los fines legales y debe esperar para asumir su cargo. Sin embargo, antes de asumir, el candidato muere de un ataque cardíaco. La pregunta que surge es la siguiente: ¿qué hacemos?
El escenario planteado no es ficticio, sucedió en esta elección municipal en Traiguén. Le anticipo que la ley no da respuesta a este caso, es decir, qué hacer cuando un alcalde electo muere antes de asumir el cargo. Pese al vacío legal, el sistema jurídico debe dar una solución. La respuesta que nos dio el Tribunal Calificador de Elecciones es francamente sorprendente: los votos del alcalde electo –en este caso, Rigoberto Osses, independiente bajo el pacto Por un Chile Justo– deben ser considerado nulos y, por lo tanto, hay que declarar como alcalde electo al candidato que llegó en segundo lugar –es decir, el independiente Luis Álvarez–.
La decisión es una tragedia democrática y, lo que es peor, está quedando en el anonimato masivo. ¿Cuál es la tragedia? En términos sencillos, la primera mayoría relativa –esos 3544 ciudadanos que eligieron a Osses– fue suprimida sin miramientos, como si no hubiese sacrificio alguno para la soberanía popular. Pero la solución es, además, completamente antidemocrática: se declara ganador y electo a quién llegó segundo. Si bien es cierto que no existe norma legal que regule esta hipótesis, lo que procedía era repetir la elección. Era la única solución que cautelaría la integridad de las elecciones y respetaría la voluntad popular. Era, además, la forma de proteger la democracia, esa forma de gobierno de las mayorías, por medio de la cual los ciudadanos accedimos a ser regidos por quien saca más votos. En Traiguén, los votos de la mayoría se anularon sin que hubiese irregularidad alguna.
Pero, además, este caso nos recuerda cómo nuestros medios de comunicación tratan selectivamente las elecciones populares. Hagamos un paralelo. Si la cobertura de Ñuñoa llegó a niveles agobiantes, de Traiguén nada se supo. Mientras que en Ñuñoa se respetaron todas las garantías electorales y jurisdiccionales, en Traiguén se dio una solución que arrasa con la voluntad de la mayoría. En fin, si en Ñuñoa el escrutinio ciudadano permitió velar por el correcto desempeño de las instituciones, en Traiguén el olvido comunicacional facilita una decisión antidemocrática. En buenas cuentas, en Traiguén perdió la democracia.
El proceso eleccionario y su decisión jurisdiccional ya está terminado para este caso. Sólo cabe esperar que los legisladores tomen nota de este bochorno antidemocrático y regulen el vacío legal. Es el único consuelo que los habitantes de Traiguén –y el resto de la ciudadanía– puede esperar.