Algunas de las claves de la discusión gira en torno a si la propiedad estatal define la publicidad de una institución universitaria. En una futura reforma de gratuidad de la educación superior, la provisión de fondos estatales estaría determinada a las universidades que se consideren públicas. Por ello, el carácter público o privado de la institución tiene implicancias no sólo conceptuales sino también prácticas (y de envergadura).
En este post se compilan algunas de las opiniones al respecto.
C. Peña: Lo público y las universidades (El Mercurio, 20.03.2014)
Así entonces, lo correcto es diseñar una política pública inspirada en una concepción amplia de lo público (para favorecer la diversidad); pero, a la vez, abogar por un trato preferente a las universidades estatales (para evitar la hegemonía de lo particular).
A. Mayol: El público espacio en que no está Carlos Peña (El Mostrador 24.03.2014)
Carlos Peña omite señalar que toda referencia al espacio público y a la posibilidad de que él opere bajo condiciones democráticas, supone una distribución de poder equitativa entre los miembros de la sociedad. Toda entidad que cumple un rol público debe evitar concentraciones de poder arbitrarias. Normalmente esto se traduce en esa política pura y simple que supone que la comunidad misma participe activamente en el gobierno de la universidad y que, por ejemplo, los profesores elijan al rector.
E. Águila: Educación: Lo público y lo privado (La Tercer 26.03.2014)
Para evitar ansiedades innecesarias es bueno diferenciar y abordar separadamente el debate sobre la distinción entre instituciones públicas y privadas, y aquel que se refiere a las relaciones entre el Estado y la educación privada. Razones para que el Estado apoye proyectos privados existen, estas pueden ser históricas o tener que ver con la complejidad de ciertas instituciones o los aportes en innovación y experimentación pedagógica de otras. Para construir estas razones no es necesario recurrir al artilugio de intentar hacer pasar la educación privada como pública.
C. Sanhueza: ¿Qué es lo público y cómo se financia? (La Tercera, 26.03.2014)
Ahora bien, si bajo el marco conceptual de los “bienes públicos” la propiedad no importa, y bajo el marco conceptual de los “derechos sociales” la propiedad tampoco importa ¿Cómo se justifica la existencia de instituciones de propiedad del Estado? La respuesta más probable es que las universidades públicas (de propiedad estatal) deben producir bienes públicos que no producen el resto de las universidades y estar sujetas a otro marco jurídico (de hecho lo están por la Contraloría). Por ejemplo, deben tener presencia nacional y podrían responder a un proyecto de desarrollo regional de largo plazo, entre otras que podemos identificar.
J. Couso y A. Joignant: Más allá de “Mayol vs. Peña”: Precisiones sobre la universidad y la esfera pública (El Mostrador, 27.03.2014)
Al respecto, hacemos notar que, aunque esta política aparece como razonable para muchos, no es algo que internacionalmente sea ‘normal’. De hecho, en universidades como Oxford, California-Berkeley, Toronto y Utrecht (por nombrar algunas instituciones académicas estatales de nivel mundial y caracterizadas por una libertad académica completa), los rectores son elegidos por los directorios de las mismas luego de procesos nacionales e internacionales de búsqueda. Por supuesto, no sería necesariamente negativo que los profesores eligieran al rector en las mencionadas instituciones (o en la UDP), pero el punto es que ello no es algo indispensable para “hacer universidad” a cabalidad.
C. Peña: El debate educativo (El Mercurio 27.03.2014)
En fin, la educación en las sociedades contemporáneas también cumple la función de reproducir el modo o forma de vida que los padres estiman mejores para sus hijos. Las sociedades democráticas son sociedades diversas, heterogéneas, y la escuela es también el lugar mediante el cual los diversos grupos y formas de vida intentan reproducir sus valores. La pluralidad de una sociedad democrática -religiosa o de otra índole- también se expresa en el sistema escolar.
Editorial de el Mercurio: ¿Universidades estatales versus privadas? (El Mercurio 28.03.2014)
Y aquí la pregunta de fondo es más bien por qué universidades privadas con vocación pública, creadas con posterioridad a 1981, no tienen acceso a fondos públicos para investigación, y por qué sus estudiantes, a pesar de diversos avances concretados durante el anterior gobierno, siguen siendo tratados de forma desigual respecto de quienes asisten a instituciones del CRUCh.
L. Villavicencio: "Lo público" y las universidades (El Mercurio 28.03.2014)
Incomoda cierta ambigüedad de académicos y autoridades de universidades privadas -no tradicionales y tradicionales- que aspiran, con justicia, a recibir o incrementar su financiamiento público directo, pero que no se pronuncian con igual claridad sobre cuáles serían las razones que justificarían una fiscalización distinta del implacable y férreo control que pesa sobre las universidades estatales.
F. Atria y J. Wilenmann: La universidad Pública (El Mostrador 01.04.2014)
¿Reclama la Universidad Católica derecho a tomar (negativamente) en cuenta, en un concurso para profesor de derecho, que el candidato cree que el aborto o el matrimonio igualitario se justifican? ¿O para expulsar a un profesor de medicina reproductiva que defiende el uso de la píldora del día después? Si reclama estos derechos, entonces no puede pretender que la investigación que se realiza en ella sea reconocida y tratada como pública, porque al hacerlo está declarando que le importa más la defensa de su agenda particular que la libre investigación.
D. Mansuy: Lo público y lo privado (La Tercera 02.04.2014)
Dicho en simple: sin sociedad civil robusta, no hay espacio público. Por ello, si en educación queremos preservar espacios comunes, debemos compatibilizar la provisión mixta junto con mejorar la calidad de lo estatal. Cualquier otra solución, más allá de las consignas, sólo empobrecerá más nuestra polis.